Los propietarios de construcciones y edificaciones tienen el deber legal de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, realizando los trabajos y obras precisos para conservarlos o rehabilitarlos, a fin de mantener en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo. Para ello el Ayuntamiento de Sevilla pone en marcha la Inspección Técnica de Edificios (ITE).
[themify_box style=«blue fa-info-circle rounded» ]¿Es obligatorio efectuar una inspección de mi edificio/vivienda?
Sí, aunque el plazo de presentación del Informe depende de la antigüedad de la edificación.[/themify_box]
Mediante la Inspección Técnica de Edificaciones, ITE, se establece a su vez la obligación para los propietarios de construcciones y edificaciones, con independencia de su uso o destino, de efectuar una inspección periódica dirigida a determinar el estado de conservación de las mismas y el cumplimiento del deber de conservación.
[themify_box style=«orange fa-question-circle rounded» ]¿Cómo puedo saber cuándo debo presentar el Informe de Inspección Técnica?
Puede informarse fácilmente haciendo click aquí.[/themify_box]
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